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Guía para ayuntamientos de Oaxaca

FAISMUN en Oaxaca: a qué se puede destinar, cómo se reporta y qué pasa si se usa mal

El fondo federal para obras sociales de los municipios tiene reglas estrictas de destino, registro y reporte. Aquí está lo esencial para 2026.

Actualizado el 30 de septiembre de 2026 · Elaborado por R&R Consultoría Integral con base en la legislación vigente

El FAISMUN es el fondo federal que cada municipio recibe, por conducto del Estado, para obras y acciones sociales básicas que beneficien a la población en pobreza extrema, a localidades de alto o muy alto rezago social y a zonas de atención prioritaria. Se puede usar hasta 3% en gastos indirectos y hasta 2% en desarrollo institucional (PRODIM), y se entera mensualmente en los primeros diez meses del año. Sus recursos no son embargables y no pueden destinarse a otros fines (arts. 32, 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal).

En esta guía: Qué es y cómo se determina · A qué se puede destinar · Los límites del 2% y del 3% · Obligaciones de informar y publicar · SIFAIS: planeación y seguimiento en la plataforma de Bienestar · Reporte en el SRFT de Hacienda · Errores comunes · Qué pasa si se usa mal · Preguntas frecuentes · Fuentes

Qué es y cómo se determina

2.2228%de la recaudación federal participable (referencia)
31 de eneroel Estado publica fórmula y montos
10 mesesenteros mensuales, por partes iguales
5 días hábilespara que el Estado entere al municipio
FederaciónBienestar reparte el FAIS entre Estados Art. 34
EstadoDistribuye con fórmula igual y publica Art. 35
MunicipioRecibe en 10 meses; entero en 5 días hábiles Art. 48

Montos y calendario de tu municipio: esta guía no da cifras por municipio. El monto de cada año está en la distribución que el Estado publica en su órgano oficial de difusión (Periódico Oficial del Estado de Oaxaca) y en el convenio de distribución que Bienestar publica en su página electrónica, y el calendario de enteros lo comunica el Estado a los municipios y lo publica a más tardar el 31 de enero. Conviene confirmar ahí las cifras vigentes.

A qué se puede destinar

El FAISMUN financia exclusivamente obras, acciones sociales básicas e inversiones que beneficien directamente a población en pobreza extrema, localidades con alto o muy alto rezago social y zonas de atención prioritaria (ZAP). Art. 33 LCF

Rubros generales numeral 2.5 Lineamientos FAIS 2026

La Ley también incluye el mantenimiento de infraestructura, conforme al catálogo de los Lineamientos. Solo se puede gastar en lo que aparece en el Anexo II (catálogo) de los Lineamientos. Art. 33, apartado A, fr. I LCF; numerales 2.4 y 2.9 Lineamientos

Planeación 2026

100%hasta, en obras de incidencia directa
60%hasta, en obras de incidencia complementaria
30%preferente a agua, alcantarillado y drenaje
15%mínimo en ZAP urbanas cuando la fórmula rebase 15%

Criterios de planeación en 2026 numeral 2.7 Lineamientos FAIS 2026

Los límites del 2% y del 3%

Hasta 2%: PRODIMDesarrollo institucional del municipio Num. 2.12
Hasta 3%: indirectosVerificación, seguimiento, estudios y evaluación Num. 2.11

Si el municipio rebasa esos porcentajes, el gasto excedente queda fuera de los fines del fondo.

Obligaciones de informar y publicar

SIFAIS: planeación y seguimiento en la plataforma de Bienestar

Ventanas improrrogables 2026

Hasta el 8 de marzoPrimera ventana de captura
1 de abril al 7 de junioSegunda ventana
1 de julio al 6 de septiembreTercera ventana
1 de octubre al 6 de diciembreRendimientos financieros y economías
30 de abrilCierra la captura del PRODIMCalendario propio Num. 2.12 y Anexo I

El SIFAIS (sifais.bienestar.gob.mx) es la plataforma oficial para registrar la planeación de obras, gastos indirectos y PRODIM, y dar seguimiento a la participación social y a la obra. Lineamientos FAIS 2026, definiciones (SIFAIS) y numeral 2.8

Reporte en el SRFT de Hacienda

Captura trimestral en el SRFT

Abril
  • Captura: del 1 al 15
  • Cierre del sistema: día 25
Julio
  • Captura: del 1 al 15
  • Cierre del sistema: día 25
Octubre
  • Captura: del 1 al 15
  • Cierre del sistema: día 25
Enero
  • Captura: del 1 al 15
  • Cierre del sistema: día 25

Además del SIFAIS, el municipio reporta el ejercicio, destino y resultados del FAISMUN en el Sistema de Recursos Federales Transferidos (SRFT) de Hacienda. La captura es del día 1 al 15 de abril, julio, octubre y enero, con cierre definitivo del sistema el día 25 (el Estado revisa y consolida hasta el día 20). Art. 33, apartado B, fr. II, inciso f) y art. 48 LCF; Lineamientos DOF 22-ene-2026, numerales 25 a 27

Ver la guía de informes trimestrales →

Errores comunes

No inicies una obra sin registrarla en el SIFAIS al menos 15 días naturales antes de la fecha propuesta de inicio. Num. 2.8

Qué pasa si se usa mal

Preguntas frecuentes

¿Qué es el FAISMUN?

Es el Fondo para la Infraestructura Social Municipal, parte del Ramo 33. Equivale al 2.2228% de la recaudación federal participable y se entrega a los municipios por conducto del Estado para obras y acciones sociales básicas (arts. 32 y 33 de la Ley de Coordinación Fiscal).

¿En qué se puede gastar el FAISMUN?

En agua potable, alcantarillado, drenaje y letrinas, electrificación, infraestructura básica de salud y educación, mejoramiento de vivienda y urbanización, siempre dentro del catálogo (Anexo II) de los Lineamientos y para población en pobreza extrema, localidades de alto o muy alto rezago o ZAP.

¿Cuánto del FAISMUN se puede usar en gastos indirectos y en desarrollo institucional?

Hasta 3% en gastos indirectos (verificación, seguimiento, estudios y evaluación) y hasta 2% en el PRODIM (art. 33, apartado A de la Ley de Coordinación Fiscal; numerales 2.11 y 2.12 de los Lineamientos del FAIS).

¿Con cuánta anticipación se registra una obra en el SIFAIS?

Al menos 15 días naturales antes de la fecha propuesta de inicio, con e.firma vigente y la documentación que piden los Lineamientos (numeral 2.8).

¿Se pueden embargar los recursos del FAISMUN?

No. El art. 49 de la Ley de Coordinación Fiscal establece que no son embargables, no se pueden gravar ni destinar a fines distintos a los del art. 33, salvo las excepciones de los arts. 50, 51 y 52.

¿Necesitas ordenar la planeación y el reporte de tu FAISMUN?

En R&R Consultoría Integral revisamos que las obras estén en rubro y catálogo, que cumplan los plazos del SIFAIS y que los reportes del SRFT y las publicaciones estén completos. Nuestro apoyo es de orientación y no sustituye las funciones de la persona enlace FAIS; conforme al numeral 2.11 de los Lineamientos, los gastos indirectos no deben usarse para contratar asesores o gestores que hagan ese trabajo.

O llámanos: 951 604 6649 · contacto@ryrconsultoriaintegral.com

Fuentes oficiales

Esta guía es informativa y resume la legislación vigente a la fecha de actualización. No sustituye la asesoría profesional sobre el caso concreto de cada municipio.